SANTIAGO, xx de xxxxx
de 2014.-
MENSAJE Nº xxx-xxx/
A S.E.
EL
PRESIDENTE
DE LA H.
CÁMARA
DE
DIPUTADOS.
|
Honorable Cámara de Diputados:
Tengo
el honor de someter a vuestra consideración, un proyecto de ley que protege, fomenta y
conserva el arbolado urbano.
I. FUNDAMENTOS.
Los árboles urbanos, ya sea que estén
ubicados en veredas y bandejones de calles y avenidas o en áreas
verdes, lugares públicos o privados, cumplen diversas funciones
ambientales, sociales, económicas y culturales, entre las que se
encuentran la regulación del clima local y la temperatura, belleza
del entorno, fijación de CO2 y producción de O2, valorización de
propiedades, generar condiciones para el encuentro de las personas,
disminución de las actitudes violentas, dar acogida a la
biodiversidad, entre muchas otras.
A inicios de la República existieron experiencias aisladas de arborización de calles, avenidas, paseos y plazas. Durante el siglo XIX se crearon los primeros parques en el país y para la celebración del primer centenario de nuestra independencia se incrementó notablemente la dotación de áreas verdes urbanas. Sin embargo, el árbol urbano comenzó a ser utilizado de forma masiva en calles y avenidas tan solo a mediados del siglo XIX. Luego de 70 años de incorporación de la arborización urbana en ciertos aspectos de las políticas públicas, aún existe un déficit de árboles urbanos viarios y en áreas verdes superior al 50%, lo que hace necesario revisar las políticas, mecanismos e instrumentos que se requieren para impulsar esta actividad.
El hábitat urbano no presenta
las condiciones naturales de humedad, suelo y protección que el árbol requiere
en todo su ciclo de vida, siendo fundamental para el éxito de toda arborización
urbana el que los proyectos seleccionen correctamente las especies a utilizar,se
asegure las condiciones para su producción en viveros y posterior
establecimiento en el terreno. En la medida que el árbol crece se debe asegurar
el manejo necesario que posibilite que el árbol crezca con una correcta forma, logre
tamaño y estado sanitario adecuados, cuente con la aplicación de cuidados
culturales donde destaca el riego, la protección para cada árbol y la forma
como se realizará su reemplazo al término de su vida útil.
La dotación de árboles
urbanos que presentan comunas como Santiago, Providencia o La Reina, varía
entre 50.000 a 80.000 árboles, de los cuales sobre el 70% se encuentran en
calles, avenidas y pasajes. Menos del 30% de los árboles urbanos existentes en las
comunas señaladas se encuentran establecidos en áreas verdes. Esta constatación
nos permite cuantificar el esfuerzo que es necesario realizar para suplir el
déficit de árboles urbanos existente, junto con identificar los principales
aspectos que deben orientar la actividad de arboricultura o silvicultura urbana
en el país.
La arboricultura urbana es
la disciplina que se preocupa del estudio, selección, producción,
establecimiento, mantención, protección y reemplazo del arbolado urbano, ya sea
que éste se encuentre aislado o conformando asociaciones con otros árboles y
arbustos en zonas urbanas.
La experiencia que sobre el
árbol urbano existe en el mundo ha sido sistematizada por la arboricultura
urbana, disciplina que ha definido las características de calidad del árbol
urbano y del sitio donde es establecido para asegurar su sobrevivencia y desarrollo
en la ciudad. Uno de los aspectos que más incide en el éxito de la gestión del
árbol urbano radica en el conocimiento de los conceptos que conforman la arboricultura
urbana, los que de ser considerados y tomados en cuenta permitirían dar un
impulso definitivo a la reforestación de nuestras ciudades, fortaleciendo el
manejo del arbolado urbano en todo su ciclo de vida. A una escala mayor, la
silvicultura urbana se ha preocupado más bien de los bosques urbanos, cuyo
ejemplo más claro en nuestro país es el bosque existente en el Cerro Ñielol.
Si bien la preocupación actual
por el árbol urbano se refiere a aquellos árboles que se encuentran
establecidos en bienes nacionales de uso público, como son las calles,
avenidas, pasajes y áreas verdes, es importante señalar que en las estadísticas
sobre arbolado urbano no se consideran los árboles ubicados en calles al
interior de condominios o en áreas verdes privadas como estadios, centros de esparcimiento,
colegios y escuelas, zonas de cerros en o cerca del área urbana, entre tantos
otros lugares.
No obstante el vacío legal
que existe respecto de la arboricultura urbana, es posible identificar algunos
organismos que desarrollan actividades parciales en el ámbito de la arboricultura
urbana, entre los que se cuentan ministerios, servicios públicos, municipalidades,
fundaciones, empresas privadas, Gobiernos Regionales, instituciones de
educación. A pesar del elevado número de actores públicos y privados, no existe
una articulación sinérgica que permita el manejo sustentable del arbolado
urbano, condición necesaria para asegurar la superación de los déficit
existentes en esta materia.
Para abordar la tarea de superar
los problemas que dificultan la gestión en arboricultura urbana es preciso
definir las condiciones en que la arboricultura urbana se debe realizar,
superando de esta forma las dificultades que representan las actividades que
son realizadas sin cumplir con estándares mínimos de calidad. También es
preciso situar el espacio en que se realiza la arboricultura urbana, dando
cuenta de todos los árboles urbanos y no solo de aquella minoría que se
encuentra establecida en áreas verdes, dotación de árboles que como se ha revisado
no alcanza a superar el 30% del total de árboles que se precisa en todo
territorio urbano. Se requiere también situar la vinculación que existe entre
el arbolado urbano y los bosques que rodean a las ciudades, generando de esa
forma un vínculo con la biodiversidad regional, lo que demanda la generación de
nuevos objetivos e indicadores. Los indicadores propios de la arboricultura urbana
son: número de árboles por habitantes, número de árboles por hectárea y
cobertura de copas por hectárea.
Ante este escenario, el
proyecto de ley que proponemos a vuestra consideración fortalece la protección
del arbolado urbano existente; provee herramientas para incentivar la
arborización en las zonas urbanas que presentan déficit de arbolado; entrega competencias
en los ámbitos de la planificación, investigación e innovación en arboricultura
urbana; genera las condiciones necesarias para que se incremente sustancialmente
la producción de árboles urbanos de calidad y, finalmente, entrega potestades
que permiten una articulación armónica y sinérgica entre todas las
instituciones y organizaciones que participan o pudieran participar en alguna
etapa o actividad del manejo del arbolado urbano.
Por último, se hace presente
que el Gobierno aprecia en forma muy especial la preocupación de los
parlamentarios por perfeccionar la normativa que rige esta materia. En este
sentido, cabe señalar que se ha analizado para enriquecer este proyecto de Ley el
Proyecto de Acuerdo Nº 768 que la Cámara de Diputados aprobó en su sesión Nº 34
de fecha 2 de junio de 2009, en el que se solicita a S.E.la Presidenta de la
República que envíe al Congreso Nacional un proyecto de ley cuyo objetivo
esencial sea aumentar y fomentar la arborización urbana y la protección del
árbol urbano, observando dentro de las medidas la plantación, el cuidado y el
riego de los mismos.
II.
Contenido del Proyecto.
1. Formaliza las facultades que posee el Ministerio
de Agricultura para el fomento y conservación del arbolado urbano.
El
presente proyecto de Ley toma las funciones y atribuciones que de forma implicita
realiza CONAF y las explicita, principalmente aquellas relacionadas con
producción de árboles urbanos, asistencia técnica en silvicultura urbana,
participación ciudadana, planificación regional y local. También contextauliza
la relación con otras instituciones con las que desde hace décadas se trabaja
en estas materias, como son las municipalidades y el instituto forestal. De
esta forma entrega al Ministerio de Agricultura las herramientas para transparentar
actividades que desde hace décadas vienen realizando las instituciones
forestales públicas del país.
El proyecto entrega a la Corporación Nacional Forestal un
reconocimiento a la acción que realiza en el ámbito del arbolado urbano y le
permite fortalecer sus competencias y atribuciones, en coordinación con los
demás organismos competentes en la materia.
El proyecto también incorpora al Instituto Forestal a la
actividad de arboricultura urbana, fortaleciendo algunas de sus competencias y
entregándole nuevas atribuciones en el ámbito de la arboricultura urbana que le
son propios, a saber: capacitación, asistencia técnica y gestión tecnológica.
2. Modifica la Ley de Bosque.
Se modifica además la ley de Bosque, suprimiendo el artículo Nº 12 que
en los hechos, luego de 82 años de vigencia, aún no había logrado dar forma ni
consistencia a la materia que intentó regular.
3.
Modifica la Ley General de Servicios Eléctricos
La presente ley sustituye parte del artículo Nº 147 del D.F.L. N°1 del Ministerio
de Minería.1982, conocido también como Ley General de Servicios Eléctricos,
para lograr que las intervenciones que se hacen al arbolado urbano existente
bajo las líneas de tendido eléctrico cumplan con requisitos técnicos que
aseguren sus sustentabilidad.
4. Incorpora al Ministerio de Medio MAbiente en el
fomento y conservación del arbolado urbano.
El
proyecto de Ley entrega competencias al Ministerio de Medio Ambiente en
aquellos aspectos relacionados con: a) La utilización de especies con problemas
de conservación para su reintroducción en zonas urbanas en las comunas,
provincias y regiones de las cuales son originarias, y b) La cuantificación de
los beneficios ambientales que el fomento y conservación del arbolado urbano
genera.
En mérito de lo anterior, someto a vuestra
consideración, el siguiente Proyecto de Ley.
El articulado de la Ley del Árbol Urbano se encuentra en el siguiente Link: http://arboriculturaurbana.blogspot.com/2014/04/texto-propuesta-proyecto-de-ley.html
El articulado de la Ley del Árbol Urbano se encuentra en el siguiente Link: http://arboriculturaurbana.blogspot.com/2014/04/texto-propuesta-proyecto-de-ley.html
Elaborado por Santiago JM Del Pozo Donoso
El texto puede ser solicitado al siguiente correo: santiagodelpozo@live.cl
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