6 jul 2020

Ley de Arbolado Urbano para Chile

Mediante el Decreto N°78 de 2013 se creó el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano. En esa oportunidad la Presidenta Bachelet señaló: “Nuestras ciudades no pueden seguir siendo una expresión más de nuestras desigualdades. Queremos viviendas buenas y dignas, por cierto, pero también queremos barrios con identidad, donde todos puedan aportar y ser partícipe de los proyectos de creación de calles, plazas, multicanchas entre otros". De esta forma se dio cuenta de un diagnóstico respecto del resultado del urbanismo aplicado en nuestro país durante, al menos, los últimos 70 años, a lo que se sumaba el discurso urbanista de que el Ministerio de la Vivienda ya no tenía su eje en vivienda y que su rol futuro era el urbanismo. Ahora, que a raíz de la pandemia de Covid-19 se señala que existen más de 2.000.000 de personas hacinadas y más de 400.000 de ellas en grave hacinamiento, se observa lo débil que fueron aquellos primeros diagnósticos.

Este Consejo señalado elaboró una Política Nacional de Desarrollo Urbano (PNDU), documento publicado en agosto de 2014, el que entre sus políticas para la integración social urbana propone lo siguiente: Garantizar el acceso equitativo a los bienes públicos urbanos, a través de la fijación de los componentes, características y estándares mínimos de calidad y cobertura para los bienes públicos urbanos: espacio público, conectividad, movilidad y acceso a medios de transporte, áreas verdes, equipamiento urbano de seguridad, telecomunicaciones, deporte, cultura, salud y educación.  Es decir, el Consejo se autoimpone la misión de fijar componentes, características y estándares mínimos de calidad y cobertura para todo o casi todo.

Llama la atención que se proponga ahora, a esta "altura del partido", la fijación de los componentes, características y estándares mínimos de calidad y cobertura para los bienes públicos urbanos. El lector se preguntará si acaso eso no existía o al menos se pueda esclarecer como es que se fijaban esos estándares mínimos de calidad. Para que se entienda mejor lo señalado les muestro al final de este párrafo una imagen del arbolado urbano de las comunas urbanas de la Región Metropolitana de Santiago (U. de Chile. 1992), donde se observan sectores más verdes, es decir con mayor cantidad de arbolado urbano, y sectores blancos, es decir sin árboles.

Es importante señalar que muchas personas han interpretado esta imagen como un signo de inequidad ya que solo las comunas de mayores ingresos tienen árboles en sus calles, plazas y parques. Las comunas pobres no tienen árboles y se ven de color blanco. Me gustaría expresarles a continuación una idea diferente.

Lo que se observa en ese plano es la falta de espacio que se ha dejado para árboles urbanos en las urbanizaciones sociales. Efectivamente, lo que se observa allí de color blanco son mayoritariamente zonas con viviendas sociales subsidiadas por el estado, donde para maximizar el uso del suelo con la finalidad de construir una mayor cantidad de viviendas en ellas se priorizan los pasajes como vías de acceso, casas si antejardín y menos aún patio. Es decir, lo que muestra el plano elaborado como resultado de un proyecto de investigación de la Facultad de Ciencias Forestales y de Conservación de la Naturaleza de la Universidad de Chile, es el resultado de una política de vivienda del estado de Chile aplicada durante más de 100 años en nuestro país.

La misma alta instancia de política pública señalada dio a conocer recientemente un nuevo documento titulado "Recomendaciones para las Ciudades Chilenas Frente a la Pandemia", el que fue aprobado en su XXV sesión plenaria. En la página 22 de ese documento se propone medidas respecto del arbolado urbano, la que quedó redactada de la siguiente forma: "Definir una regulación que permita promover el cuidado, planificación y gestión del arbolado urbano, la cual debiera coordinarse intersectorialmente (MINVU, MMA y Ministerio de Agricultura)". Es decir, el Consejo en cuestión se ha apropiado la elaboración de la Ley del Árbol Urbano que desde junio de 2018 viene elaborando el Ministerio de Agricultura, siendo este ministerio la entidad que tiene relación directa con la gestión sostenible del árbol urbano en nuestro país. 

Al lector le llamará la atención que en el mismo documento sobre urbanismo (???) y Covid-19 fuera incorporada otra línea de trabajo, esta vez relacionada con parques públicos, en la que se señala lo siguiente: "En el marco de la Política Nacional de Parques Urbanos, se sugiere que el MINVU pueda generar una instancia intersectorial que permita evaluar y generar mecanismos y financiamiento para establecer la infraestructura verde en todas las ciudades del país. La verdad sea dicha: no se entiende que se incluya la infraestructura verde como parte de un programa de parques urbanos. Acaso se quiere reducir la gestión de arbolado urbano a los conceptos de trama verde que se señalan? Acaso no se entiende el rol del arbolado urbano en las ciudades? Que pretenden evaluar y que mecanismos y financiamiento contemplan desde su reducido enfoque para establecer la infraestructura verde? Sabrán que alrededor del 70% de los árboles urbanos de una comuna están establecidos en calles?

Pero esto no es todo ya que esta última recomendación  que nos trae el Consejo, que evidentemente está aprobada por los redactores y luego por el pleno de la comisión que lo conforma, profundiza aún más su poco acertado entendimiento del rol del árbol urbano en nuestro país y el mundo, ya que ponen un pie de página con la siguiente redacción: "esta recomendación es complementaria a la idea de fortalecer y recuperar corredores que conectan áreas verdes para facilitar el desplazamiento peatonal y en bicicleta en espacios amplios realizada para el ámbito de movilidad sustentable. Es decir, el consejo de urbanistas saca del ámbito del arbolado urbano los corredores verdes y nuevamente aplica presión para ingresarlo en el ámbito de los parques urbanos". Entonces no han intentado otra cosa que elaborar un marco para la discusión de la Ley de Arbolado Urbano para Chile, es decir, se han definido los objetivos que supuestamente orientarán la regulación sobre arbolado urbano.

Es dudosa toda esta redacción de propuestas donde incorporan al árbol urbano en un documento de propuestas como un elemento central para combatir el Covid-19. Cual es la base científica de tal medida? 

Es conocida la antigua idea que viene del ámbito de vivienda de crear un Servicio de Parques Urbanos, lo que no ha sido posible hasta la fecha. De hecho el Ministerio de Vivienda y Urbanismo viene operando de esa forma desde hace un par de décadas. Si consideramos que esa idea no ha prosperado, cual es el efecto esperado que se busca al vincular el programa de parques urbanos del MINVU con la Ley del Árbol Urbano? Sería interesante conocer el razonamiento que han elaborado los expertos en arbolado urbano que están trabajando con ese consejo de desarrollo urbano, para dilucidar todas estas dudas y muchas otras interrogantes más.

La Ley de Arbolado Urbano para Chile, de la que existen diversas propuestas incluso desde inicios del año 2014, tiene un sentido único que va más allá de los problemas que haya generado o quiera remedia el urbanismo en nuestro país, situación que supera con creces el restringido enfoque que sobre los árboles en la ciudad tienen algunas profesiones. Pero veamos algunas ideas respecto de lo que pueden aportar tan magnífico consejo nacional de desarrollo urbano en este ámbito:

  1. Definir estándares que impidan el hacinamiento en viviendas sociales fijando en ese contexto normativa que posibilite que en esas urbanizaciones subsidiadas por el estado  se establezcan árboles urbanos.
  2. Crear un mínimo real de áreas verdes, considerando al menos plazas, por habitantes y respetarlo en las urbanizaciones que impulsa, al menos, el estado de Chile.
  3. Crear proyectos sociales con nuevas urbanizaciones verdes que permitan el traslado de familias que viven en condiciones de hacinamiento, dedicando a parques urbanos los terrenos que se liberen con esas iniciativas. 
  4. Crear una Ley de Urbanismo para Chile que supere las incompatibilidades y omisiones que presenta para el desarrollo urbano sostenible la Ley General de Urbanismo y Construcción.

Quizás pudiera parecer extraño que un Consejo Nacional de Desarrollo Urbano esté tan preocupado de cosas como el uso de la leña o el arbolado urbano, sobre todo cuando son materias que algunos ministerios vienen trabajando con éxito desde hace varios años. Esta cierta desorientación podría deberse a una deformación profesional que solo permite ver la ciudad bajo ciertos enfoques, que en mi humilde opinión están un poco pasados de moda. 

Me hubiera gustado ver el rol de los urbanistas en cosas propias e importantes, como por ejemplo en la creación de la infraestructura y equipamiento necesario para la creación de al menos un Ecosistema Emprendedor Comunal para cada comuna de nuestro país. Ese proyecto es 100 veces más potente que el programa de construcción de bibliotecas que alguna vez se impulsó en Chile y que en sí ya era muy potente. Imagine el lector que cada municipalidad cuente con un lugar físico que se vincule e integre con otras capacidades locales donde puedan desarrollar su propio ecosistema emprendedor, materializando la planificación comunal en este ámbito y recibiendo recursos, liderando y potenciando en conjunto el trabajo que realizan el Servicio de Cooperación Técnica (Sercotec) y la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO). Este párrafo puede ser considerado una nueva y singular propuesta que, además, permitiría absorber empleo para recuperar al país de los efectos de la pandemia de Covid-19.

Sería interesante convertir las debilidades en oportunidades, de tal forma que todos nos sintamos satisfechos en el impulso de distintas iniciativas que contribuyan a lograr un mejor país.

Santiago JM Del Pozo Donoso
Ingeniero Forestal
Experto en Arbolado Urbano
docencia@e-ambiente.cl 


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